Si la democracia es la voluntad de los pueblos en su manifestación organizativa que es la República. Y esta se basa en el beneficio que persiven los ciudadanos a vivir "humanamente dignos": La audiencia pública que se llevará a cabo esta mañana, programada a las 9:00 am, en el Concejo Deliberante de la ciudad de Zapala, para tratar el tema de la concesión del servicio eléctrico de nuestra ciudad en manos de la CEEZ, es "un acto de indignidad ciudadana" por estar basado en el "absoluto desconocimiento y falta de información pública".
Lo señalaba una ex-concejal, como Ana María Cuadrado, del ARI, cuando remarcaba: "Se tiene que informar a todos los vecinos, y a las organizaciones sociales de la ciudad, al mismo tiempo que el Concejo Deliberante tiene la obligación de invitarlas personalmente. Y esto no se ha hecho hasta aquí..."
Señores concejales de usted depende NO pasar a la historia como aquellos que tras un acto legal le dieron la posibilidad a los vecinos de Zapala de ser "indignos ciudadanos por falta de conocimiento".
"Una audiencia pública ilegítima"
Hoy se realizará la audiencia pública para tratar el proyecto de ordenanza del contrato de concesión de servicio de luz entre el Municipio de Zapala y la Cooperativa de Energía Eléctrica, aprobado en primera lectura la última semana.
Desde las 9, instituciones y vecinos interesados en conocer y participar de la audiencia no vinculante sobre el contrato de concesión del servicio de energía eléctrica podrán concurrir al Concejo Deliberante.
El marco regulatorio eléctrico municipal estará vigente desde la fecha de la publicación de la ordenanza que lo sanciona que podría ser el próximo jueves luego de la segunda lectura.
El contrato enmarca las actividades relacionadas con la concesión del servicio de conformidad con las disposiciones de la norma legal, la Constitución Nacional, Provincial y Ley Nacional Nº 24065.
Se trata de un tratado de concesión ya rubricado por las partes, donde se establece el ámbito territorial de los bienes afectados a la concesión, las inversiones obligatorias que deba realizar el concesionario, el cuadro tarifario inicial y su régimen de aplicación, con la obligación de dar adecuada publicidad al mismo y toda otra información relevante para el usuario, el régimen sancionatorio por faltas o incumplimientos cometidos por el concesionario, las causales de caducidad, rescisión, revocación, mutuo acuerdo o rescate de la concesión.
Es una norma compuesta por el contrato de concesión, el marco regulatorio eléctrico municipal, régimen de suministro de energía eléctrica, normas de calidad del servicio y sanciones; régimen tarifario; cuadro tarifario inicial y servicios de alumbrado público.
Según anuncia un informe de la dirección municipal, “el último contrato de concesión fue realizado en el año 1987 cuando el actual intendente era delegado municipal ante la CEEZ y, además, uno de los principales impulsores de la norma”.
Desde las 9, instituciones y vecinos interesados en conocer y participar de la audiencia no vinculante sobre el contrato de concesión del servicio de energía eléctrica podrán concurrir al Concejo Deliberante.
El marco regulatorio eléctrico municipal estará vigente desde la fecha de la publicación de la ordenanza que lo sanciona que podría ser el próximo jueves luego de la segunda lectura.
El contrato enmarca las actividades relacionadas con la concesión del servicio de conformidad con las disposiciones de la norma legal, la Constitución Nacional, Provincial y Ley Nacional Nº 24065.
Se trata de un tratado de concesión ya rubricado por las partes, donde se establece el ámbito territorial de los bienes afectados a la concesión, las inversiones obligatorias que deba realizar el concesionario, el cuadro tarifario inicial y su régimen de aplicación, con la obligación de dar adecuada publicidad al mismo y toda otra información relevante para el usuario, el régimen sancionatorio por faltas o incumplimientos cometidos por el concesionario, las causales de caducidad, rescisión, revocación, mutuo acuerdo o rescate de la concesión.
Es una norma compuesta por el contrato de concesión, el marco regulatorio eléctrico municipal, régimen de suministro de energía eléctrica, normas de calidad del servicio y sanciones; régimen tarifario; cuadro tarifario inicial y servicios de alumbrado público.
Según anuncia un informe de la dirección municipal, “el último contrato de concesión fue realizado en el año 1987 cuando el actual intendente era delegado municipal ante la CEEZ y, además, uno de los principales impulsores de la norma”.
(*) crónica "La Mañana del Neuquén"
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